Internet como Derecho Fundamental
en el Perú
La
constitución política del Perú en el titulo primero establece los derechos de
la persona y de la sociedad, a continuación en el capitulo primero del titulo
antes mencionado nos habla sobre los derechos fundamentales de la persona, para
lo cual en el articulo 1 de la carta mencionada expresa “La defensa de la
persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y
del Estado”. El concepto de derecho fundamental tiene su origen en Francia
hacia 1770, en el seno del movimiento político que condujo a la Declaración De Los Derechos Del Hombre
Y Del Ciudadano de 1789, y más tarde alcanzó especial relieve en
países como Alemania donde, bajo el manto de los Grundrechte (en alemán: derechos fundamentales), se articuló el sistema de relaciones
que median entre el individuo y el Estado. Su construcción teórica tiene mucho
que ver con Jellinek y su famosa Teoría
de los estados y los derechos públicos subjetivos.
En consecuencia de podemos decir que
un derecho fundamental en términos
generales viene a ser una
facultad o poder reconocido a una persona por ley suprema vigente que le
permite realizar o no ciertos actos, también podemos decir que los
derechos fundamentales son aquellos derechos inherentes a la persona,
reconocidos legalmente y protegidos procesalmente, es decir son los derechos
humanos positivisados. Pues se definen como aquellos derechos subjetivos que
corresponden a todos los seres humanos dotados de status de personas, de
ciudadanos o personas con capacidad de obrar Taxativamente en un mundo cada
vez más interconectado y gobernado por la llamada sociedad de la información,
la utilización de los medios virtuales de comunicación y de obtención,
almacenamiento y distribución de datos electrónicos es casi una herramienta
infaltable en nuestra vida no solo jurídica sino también cotidiana.
Quien no se relaciona por
las redes sociales, e-mail, foros de debate, mensajes de texto o llamadas al
celular, tanto en materia laboral como afectiva? Este cambio de paradigma
ha llevado a repensar las relaciones entre los participantes del mundo
globalizado. La constitución nacional otorga garantías (seguridades jurídicas)
a todos los ciudadanos de la Nación, replanteadas en cuanto a la fusión de las
cuestiones públicas y privadas en la era de la interconectividad, como ser la
propiedad privada, la violación de la correspondencia (actualmente extendido al
correo electrónico), habeas data (relacionado con las bases de datos digitales
en diferentes organismos públicos, privados o páginas web), derechos
intelectuales, etc.
Es por ello que se busca
lograr que el internet sea reconocido como derecho fundamental, esto pues a que
Internet nace a comienzos de los años 60 como una nueva forma de comunicación
entre las bases del ejército norteamericano, ante la fragilidad que significaba
en esa época la comunicación telefónica, y frente a un posible conflicto
militar.
Fue así como, en plena
guerra fría entre los Estados Unidos y la Unión Soviética, las primeras
computadoras de las bases militares norteamericanas se conectaron entre si,
formando una red, ARPANET, a través de la cual era posible comunicarse sin
tener que usar las líneas telefónicas convencionales. Este fue un gran paso
dado por los países en conflicto del cual fue los estados unidos el
beneficiario.
La internet como derecho
fundamental supone el acceso sin restricción
y de manera gratuita a todos los servicios que ofrece el internet, esto
permitirá incrementar la cobertura de redes dorsales de telecomunicaciones de
alta capacidad.
Como toda tecnología,
Internet es una creación cultural: refleja los principios y valores de sus
inventores, que también fueron sus primeros usuarios y experimentadores. Es
más, al ser una tecnología de comunicación interactiva con fuerte capacidad de
retroacción, los usos de Internet se plasman en su desarrollo como red y en el
tipo de aplicaciones tecnológicas que van surgiendo. Los valores libertarios de
quienes crearon y desarrollaron Internet, a saber, los investigadores
académicos informáticos, los hackers, las redes comunitarias contraculturales y los
emprendedores de la nueva economía, determinaron una arquitectura abierta y de
difícil control. Al mismo tiempo, cuando la sociedad se dio cuenta de la
extraordinaria capacidad que representa Internet, los valores encarnados en la
red se difundieron en el conjunto de la vida social, particularmente entre las
jóvenes generaciones. Internet y libertad se hicieron para mucha gente
sinónimos en todo el mundo.
Frente a tal transformación
tecnológica y cultural, los detentores del poder de controlar la información a
lo largo de la historia, es decir, los estados y las iglesias, reaccionaron con
preocupación y, en los estados no democráticos, con hostilidad, tratando de
restablecer el control administrativo de la expresión y la comunicación. Pero
la ejecución del proyecto estatista sobre Internet se encuentra con obstáculos
considerables. En los países democráticos, Internet se consolida como
instrumento esencial de expresión, información y comunicación horizontal entre
los ciudadanos y recibe la protección constitucional y judicial de las
libertades.
Los ciudadanos, en general,
tienden a hacer un uso instrumental y poco ideológico de Internet: lo utilizan
para lo que les sirve y consideran la libertad en Internet como un tema
fundamental cuando hace tiempo que se han acostumbrado al control político y
comercial de su principal fuente de información: la
televisión. Pero dicha actitud puede cambiar conforme vaya asentándose en la
sociedad la primera generación que está creciendo con Internet. Conforme el uso
de Internet vaya generalizando la información y el conocimiento sobre la
importancia social decisiva del control sobre Internet, puede ser que la
batalla por la libertad en la red, incluida la libertad económica de acceso a
la red, desborde los confines de la actual elite ilustrada.
Deben existir políticas y
programas necesarios para hacer posible el goce efectivo de tales derechos; la
sola existencia de una legislación pertinente no basta. .El ecosoc
ha votado últimamente por fallo casi unánime que la internet es considerada un
derecho humano; la conectividad eficiente y eficaz y el derecho a navegar
libremente y con una banda ancha adecuada ha sido tratado en diferentes países,
como en Francia, donde es casi una garantía constitucional, y en EEUU,
próximamente a ser considerada en igual manera. Las obligaciones de los
países que suscriben en pacto de los Derechos económicos, sociales y culturales
deben ser respetadas y cumplidas. El intercambio de información entre los
estados es fundamental para comprender de manera más efectiva las dificultades
comunes y mejorar las estrategias, buscando soluciones a los conflictos,
mediante la cooperación internacional. De esta manera se debe realizar un
examen público de las políticas públicas entre los estados que suscriben
en pacto, y considerar a los DDHH no de manera activista, sino como estrategias
de dichas políticas. De esta manera se evalúa el progreso de cada país. Como
ejemplo en el Mercosur, Brasil suscribió todos los tratados de ddhh; Argentina
los incorpora en el Art. 75 inciso 22, de la Constitución Nacional, con
jerarquía constitucional, superior a las leyes, mientras no la menoscabe.
Internet Society celebra la adopción de la
Resolución sobre Derechos Humanos y de Internet en el 20 Consejo de Derechos
Humanos, el 9 de julio del corriente año, en Ginebra, Suiza, estableciendo la
promoción, protección y disfrute de los derechos humanos en Internet. La
Sociedad de Internet da la bienvenida a la resolución de las Naciones Unidas,
proveniente del Consejo de Derechos Humanos. En el la resolución se
afirma que los mismos derechos que tienen las personas en línea también deben
estar protegidos en línea, y reconoce la Internet global y abierta como una
fuerza impulsora para el desarrollo. También hace un llamamiento a todos los
Estados a promover y facilitar el acceso a Internet. La resolución fue
presentada por Suecia y aprobada por consenso. El Consejo de Derechos Humanos
tiene un papel importante que desempeñar para asegurar que sus Estados miembros
permitan a sus ciudadanos el ejercicio de sus derechos más básicos, incluida la
libertad de expresarse o de asociarse pacíficamente en línea. En los últimos
años, el momento ha estado construyendo en el Consejo para la inclusión de
Internet como un espacio legítimo para tener en cuenta para el ejercicio de
varios derechos humanos. El informe del Relator Especial sobre la promoción y
la protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión ha dejado en
claro que negar el acceso a la Internet puede ser una violación de un derecho
humano fundamental.
La Sociedad de Internet dedicado a las sesiones de
redacción que llevan a la adopción de esta nueva resolución, y sugirió la
inclusión de la noción de la internet abierta. “La inclusión de la naturaleza
abierta y global de Internet en este oficial de resolución de la ONU es un
reconocimiento de algunos de los principales atributos que hacen de Internet
con éxito”, dijo Lynn St. Amour, Presidente y Consejero Delegado de la Sociedad
de Internet. “Creemos firmemente que el modelo abierto de Internet está
orgánicamente ligado al ejercicio de los Derechos Humanos en línea. Gracias a
sus características fundamentales, la Internet ha dado un gran impulso a la
libertad de expresión y de reunión pacífica en todo el mundo. Estas
características deben ser preservados”.
Creo que conociendo los contenidos de nuestra carta
magna y accediendo a ella virtualmente (mediante internet y el formato
digital), puede llegar a despertar el interés y el conocimiento de más miembros
de nuestra ciudadanía, y actuar como agentes multiplicadores del respeto
a las normas jurídicas; a comprender mejor los derechos y obligaciones de los
miembros de una sociedad de la información democrática. Internet debe estar al
alcance de todos los ciudadanos, pudiendo los mismos gozar de los contenidos de
manera igual y no restrictiva, garantizando la libertad de expresión en la web
y el derecho a la información, con una capacitación eficiente a la ciudadanía
(y obviamente a los agentes estatales), y resguardando el derecho a la
intimidad y a la propiedad intelectual.
Creo que de esta manera se podría gozar del libre
albedrio en la era de la interconectividad, respetando los pilares básicos de
la definición de libertad, de Inmauel Kant, que implica límites: la
libertad, es la capacidad de los seres racionales para determinarse a obrar
según leyes de otra índole que las naturales, esto es, según leyes que son
dadas por su propia razón; libertad equivale a autonomía de la voluntad.
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